Encuentra soluciones efectivas para la nulidad del servicio de prima única con nuestro equipo de abogados expertos en derecho bancario
¿Qué son los seguros de vida de prima única?
Son seguros de vida que, en lugar de pagar sus cuotas de forma mensual, semestral o anual (la más común), se abona en el inicio de la contratación la prima del seguro de forma íntegra por todo el periodo de duración.
Razones para elegirnos
Experiencia y conocimientos en la materia
Nuestro bufete cuenta con abogados expertos y altamente capacitados en este servicio, lo que nos permite brindar soluciones efectivas para nuestros clientes.
Compromiso con nuestros clientes
Nos enfocamos en brindar un servicio personalizado y cercano a nuestros clientes, para garantizar que sus necesidades sean atendidas de manera efectiva.
Atención personalizada
Nos enfocamos en entender las necesidades de nuestros clientes para brindar soluciones personalizadas y efectivas.
Honestidad y transparencia
Nuestro bufete se rige por principios de honestidad y transparencia en todas nuestras acciones, lo que garantiza una representación legal ética y profesional.
Comunicación constante
Nos aseguramos de mantener una comunicación constante y clara con nuestros clientes en todo momento para mantenerlos informados sobre el progreso de su caso.
Reducción de estrés y preocupaciones
Nuestro objetivo es aliviar el estrés y las preocupaciones de los propietarios mediante la asistencia de un experto legal, brindando tranquilidad en todo momento.
¿Por qué los seguros de vida de prima única están vinculados a una hipoteca?
No están vinculados necesariamente. Lo que ocurre es que, en algunos casos, las entidades bancarias imponen al prestatario la obligación de contratar un seguro de vida como requisito imprescindible para concederle el préstamo hipotecario. Y la aseguradora con la que se contrata el seguro la establece el propio banco, perteneciendo habitualmente al propio grupo empresarial de la entidad bancaria, y generando así nueva clientela en otros ámbitos del grupo empresarial.
Además, al contratarse ese seguro en la modalidad de “prima única”, el cliente se ve desincentivado a cambiar ese seguro por otro con mejores condiciones, puesto que ya ha abonado la cobertura correspondiente a toda la duración del préstamo hipotecario, y en caso de cambiar el seguro no recuperaría cantidad alguna de lo ya abonado.
Debemos destacar también que, en estos seguros, el beneficiario de los mismos es la entidad bancaria, que ve garantizada en mayor medida el pago de su deuda puesto que, en caso de fallecimiento o invalidez del prestatario, el seguro se hará cargo del pago de la deuda en cierta medida.
Por si fuera poco, el importe de esa prima se incluye dentro del préstamo hipotecario, por lo que se generarán intereses a favor del banco por esa cantidad, que también deberán ser abonados por el cliente.
¿Se puede extirpar?
Por supuesto que sí, porque es abusiva la imposición por parte de la entidad bancaria de contratar un seguro de vida, puesto que se trata de una práctica prohibida según el artículo 17 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, en el que se prohíbe las “prácticas de venta vinculada”.
Por tanto, lo que sí puede hacerse es conseguir la declaración de nulidad de la práctica bancaria no consentida, que impone a la parte prestataria la suscripción de un seguro de vida de prima única para la amortización del crédito.
Opiniones
Celia
Si tengo que utilizar una palabra que describa a este maravillo equipo de abogados, en concreto a José Montero de Cisneros es la EXCELENCIA, tanto en el trato recibido que es exquisito, muy humano, cercano y sincero así como en su indiscutible calidad profesional.
Ismael
Xavi
El mejor despacho profesional al que puedes dirigirte. Atención exquisita, cercana y muy profesional. Totalmente recomendable.
¿Qué ley, entre otras, nos permite qué tu recuperes todo tu dinero?
La Ley 15/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario respecto a los seguros de vida de prima única, establece en su artículo 17.1 que “Quedan prohibidas las prácticas de venta vinculada de préstamos, con las excepciones previstas en este artículo”.
Una de esas excepciones, recogida en el apartado tercero, consiste precisamente en que “los prestamistas o intermediarios de crédito inmobiliario podrán exigir al prestatario la suscripción de una póliza de seguro en garantía del cumplimiento de las obligaciones del contrato de préstamo”. Ahora bien, dicha excepción queda sujeta a determinadas exigencias, como es la aceptación de pólizas alternativas. Esto implica que la entidad bancaria deberá aceptar pólizas de seguro alternativas, independientemente del proveedor de dicha cobertura, siempre que ofrezcan unas condiciones similares a las de la póliza que ellos hubieran propuesto.
Es decir, cabe que el banco obligue a la suscripción de un seguro de vida como garantía adicional de pago, pero no cabe que imponga el concreto seguro que deba ser contratado.
Igualmente, la Directiva Europea 2014/17/UE, y el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, prohíben las prácticas de venta vinculadas y la imposición a los consumidores de bienes y servicios complementarios no solicitados.
¿Cómo te ayudamos para defender tus derechos?
En Montero de Cisneros fuimos, posiblemente, el primer despacho de abogados en defender los derechos de los consumidores en España, y los primeros en realizar protocolos registrados para defender y empoderar a personas como tú, contando con más de quince años de experiencia en la reclamación de cláusulas y prácticas abusivas frente a las entidades bancarias.
El tiempo en que los empoderases siempre ganaban y los pequeños callaban, ha terminado. Para ayudar a los clientes a restituir su Derecho, nos encargamos de todo haciéndolo fácil, cómodo, asequible y una experiencia agradable al cliente.
De este modo, nuestros clientes pueden estar despreocupados de todas las gestiones relacionadas con este asunto, siendo el despacho quien se encargue de todos los trámites necesarios para la tramitación de la reclamación.
Usted solo pisara nuestras instalaciones, siendo amablemente atendido y escuchado, porque nosotros escuchamos a nuestros clientes todo el tiempo, y las veces, que sean necesarias.
Nuestra actitud, basada en la experiencia, sostenibilidad humana, nos sostienen.
¿Cuánto dinero puedo reclamar?
20.000,00 euros aproximadamente. La cuantía que puede reclamarse es la correspondiente a la prima de la póliza del seguro que se añadió al capital del préstamo hipotecario, así como los intereses proporcionales que se han abonado por esa cuantía.
A modo de ejemplo, la media de los seguros de vida en préstamos hipotecarios de 150.000,00 – 200.000,00 euros de capital, suele rondar los 7.000,00 – 8.000,00 euros. En tales casos, la cuantía a reclamar por ese seguro de vida rondará los 13.000,00 euros; es decir, los 8.000,00 euros del seguro propiamente dicho y alrededor 5.000,00 euros en concepto de intereses devengados por esos 8.000,00 euros.
En una hipoteca de 200.000,00 euros podrá recuperar aproximadamente el 10 %, es decir 20.000,00 euros, más los intereses generales que dependiendo de cuánto más antigua sea la hipoteca más será, oscilando aproximadamente los 6.000,00 euros.
Piensa que harías hoy si en las instalaciones de Montero de Cisneros te dieran hoy un cheque al portador por valor de 30.000,00 euros.
¿Qué harías? ¿En que los gastarías?, ¿a quién le ayudarías; a tus padres, a tus hijos, ¿a ti mismo?
Requisitos para poder reclamar la cuantía abonada del Seguro de prima única
Los requisitos para poder reclamar la nulidad de esas prácticas bancarias son los siguientes:
- Periodo de tiempo en que se contrató: la contratación debió producirse entre los años 2004 y 2019, debido a la ley aplicable a estos asuntos.
- Nos obligaron: que se trate de una contratación obligada, y que no se haya dado alternativa de contratar dicho seguro de vida con otra entidad aseguradora, sino que haya sido obligado hacerlo con la indicada por el propio banco.
- Lo pagué de golpe: que el pago de esa cobertura se haga mediante prima única, es decir, que sea un pago inicial completo que cubra la vigencia del seguro durante toda la vida del préstamo.
Entidades bancarias que más han ofrecido este producto
Sin que sirva como una enumeración exhaustiva, ya que puede haber más entidades bancarias que han realizado estas prácticas abusivas, podemos decir que las principales son:
- BBVA
- Caixabank
- Banco Santander
- Banco Sabadell
- Otros
Sentencias favorables de nulidad del seguro de vida de prima única
- SAP LUGO 6 JULIO 2022: JUR\2022\305193
La falta de transparencia en el control formal pone de manifiesto falta de transparencia en el control de contenido, ya que las consecuencias jurídico-económicas de lo pactado son totalmente ajenas a la prestataria que -ya de entrada- sorpresivamente se encuentra con un seguro, una orden de transferencia y una prima del seguro que no han sido en absoluto objeto ni tan siquiera de información. Por tanto, la falta de transparencia se refiere al propio control formal u ocultación de la cláusula que además implica falta de transparencia en el control de contenido y la imposición de una práctica abusiva en la contratación con consumidores, pues se impone un seguro vinculado sin que se haga referencia alguna al mismo en el contrato de préstamo hipotecario. De esta forma es la entidad financiera la que impone la condición y la prestataria nunca llega a entrar en el ámbito de decisión sobre la contratación del seguro.
- SAP LEON 23 JUNIO 2022: JUR 2022\298414
Hemos de partir de que el hecho de haber aceptado la demandante la suscripción de la póliza de seguro para obtener una bonificación del tipo de interés ordinario del préstamo, no significa que haya sido objeto de una negociación individual, sino tan solo que la prestataria ha accedido a su aplicación, si bien en los términos en que ha resultado predispuesta por la demandada por lo que a falta de prueba de la negociación, que incumbe a dicha parte, consideramos precisa la valoración del cumplimiento de las exigencias de transparencia en la contratación del préstamo y del seguro asociado, incumbiendo a la entidad prestamista la obligación de ser totalmente transparente respecto a las características del seguro, ofreciendo una información precontractual completa y clara.
La solicitud de adhesión se cursa a través de las oficinas de la misma entidad bancaria prestamista, que recurre a la mediación y a su contratación a través de sociedades del grupo bancario y es la entidad financiera la que se designa beneficiaria del seguro, reduciendo a la prestataria a la condición de tomadora y asegurada. Estas circunstancias, conjuntamente consideradas, obligan a entender que es abusiva la actuación del banco y la práctica que impone en el contrato y por tanto la orden de pago que gestiona como entidad mediadora.
No obstante, no es en sí la cláusula de bonificación la que consideramos abusiva, pues de ella tan solo se deriva una reducción del tipo de interés en beneficio de la prestataria. Entendemos, de acuerdo con el artículo 82.1 de la LGDCU (RCL 2007, 2164y RCL 2008, 372), que la abusiva es en sí la práctica bancaria que conduce a la imposición de la contratación de un seguro sin información suficiente sobre su coste, y en beneficio principal de la propia entidad, por lo que procede su declaración de nulidad, con las consecuencias que se verán posteriormente.
- SAP LEÓN 14 MAYO 2019:
“La actuación de la entidad financiera se considera una práctica bancaria contraria a la buena fe contractual, fundamentada en una situación de abuso de posición en perjuicio del consumidor, pues impone una condición no negociada con transparencia y abusiva, ya que es el banco el que obliga a vincular al préstamo un seguro en el que es beneficiario y que se suscribe en condiciones de financiación que no se reflejan con transparencia en el contrato de préstamo hipotecario”.
¿Necesito un abogado para la reclamación?
No necesariamente, pero si muy conveniente. Sobre todo, es convenientes contratar a abogados especializados habituados a este tipo de pleitos para que sean partes de la solución y no un problema más.
¿Cuánto cuesta reclamar al banco con un abogado?
Poco. Llámanos al teléfono 94 679 23 23. Nuestra atención al cliente es el pilar al que aportamos todo nuestro ímpetu diario.
Preguntas frecuentes
¿Qué es un seguro de prima única?
Un seguro de prima única es un tipo de seguro en el que se paga una única prima en lugar de pagar cuotas periódicas durante la vigencia del seguro.
¿Qué es la nulidad del seguro de prima única?
La nulidad del seguro de prima única se refiere a la anulación del contrato de seguro por vicios en su consentimiento o por no haber cumplido con los requisitos legales necesarios para su validez.
¿Qué vicios pueden llevar a la nulidad del seguro de prima única?
Algunos de los vicios que pueden llevar a la nulidad del seguro de prima única incluyen el error, la violencia, el dolo y la falta de consentimiento informado.
¿Cuáles son los requisitos legales para la validez del seguro de prima única?
Para que un seguro de prima única sea válido, se requiere que se cumplan ciertos requisitos legales, como la existencia de un interés asegurable y el consentimiento libre e informado de ambas partes.
¿Cómo puedo impugnar la nulidad del seguro de prima única?
Si desea impugnar la nulidad del seguro de prima única, puede buscar asesoramiento legal de un abogado especializado en derecho de seguros para ayudarle a presentar su caso y determinar los pasos necesarios para recuperar cualquier pago realizado en virtud del seguro.
Hablamos sobre este asunto en los medios de comunicación
En Montero de Cisneros nos enorgullece el reconocimiento que hemos recibido por parte de los medios de comunicación debido a nuestros éxitos en distintas áreas del Derecho. Nuestro equipo de abogados altamente especializados, ha logrado grandes victorias en casos complejos y de gran relevancia para nuestros clientes. Estos casos han sido ampliamente reconocidos y destacados por los siguientes medios de comunicación, quienes han resaltado nuestro trabajo y dedicación en cada uno de ellos.
Nulidad de más cláusulas abusivas en el préstamo hipotecario
Igualmente, si tienes una hipoteca firmada en el año 2019, adelántate a los problemas, accede a una de nuestras consultas gratuitas, donde valoraremos que tu vida financiera vaya a más y nunca a menos, evitando problemas y posibles disgustos.
Confía en los primero.
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