El pasado 28 de abril, España sufrió un apagón eléctrico masivo que afectó a millones de hogares y empresas. Si has experimentado daños en tus electrodomésticos, pérdida de alimentos o interrupciones en tu actividad empresarial, es posible que tengas derecho a una indemnización. En Montero de Cisneros Abogados, te asesoramos en la reclamación de estos perjuicios.

⚠️ Aún no se ha determinado la causa del apagón eléctrico.
Nos encontramos a la espera de más información sobre el origen del incidente. Sin embargo, si has sido afectado por el apagón (ya sea en tu hogar o negocio), te animamos a completar el formulario inferior. Esto nos permitirá ponernos en contacto contigo en caso de abrir vías de reclamación colectiva u otros medios adecuados para proteger tus derechos e intereses.
Recuerda: Aunque aún no se conozca la causa, es importante que tomes las medidas adecuadas para asegurar tu derecho a la posible indemnización.
¿Qué ocurrió el 28 de abril de 2025?
El lunes 28 de abril a las 12:33 horas (CEST), España y Portugal sufrieron un apagón eléctrico masivo que afectó a toda la península ibérica. Según Red Eléctrica de España (REE), la causa preliminar fue una caída repentina en la producción solar en el suroeste español, lo que provocó un colapso en la red eléctrica. El suministro se restableció parcialmente en la tarde del mismo día y en su totalidad en la mañana del 29 de abril.
¿Quién puede reclamar?
Tanto consumidores particulares como autónomos y pymes pueden presentar reclamaciones por los daños sufridos durante el apagón. Es importante destacar que la interrupción del suministro eléctrico no fue programada y superó los 3 minutos, lo que permite reclamar daños e indemnizaciones.
Tipos de daños indemnizables
Daños en electrodomésticos y equipos electrónicos
Si tus electrodomésticos o equipos electrónicos se averiaron debido al apagón, puedes reclamar su reparación o sustitución.
Pérdida de alimentos
La pérdida de alimentos perecederos por la interrupción de la cadena de frío también es indemnizable. Es recomendable conservar los tiques de compra y fotografías que acrediten la pérdida.
Lucro cesante
Las empresas pueden reclamar por los ingresos dejados de percibir debido a la interrupción de su actividad. Para ello, es aconsejable contar con un informe pericial que acredite la cuantía de la pérdida.
Daños en sistemas informáticos
Si el apagón afectó a tus sistemas informáticos, provocando pérdida de datos o daños en equipos, también puedes reclamar.
Cómo presentar una reclamación
- Reclamación a la compañía eléctrica: Contacta con el servicio de atención al cliente de tu compañía suministradora. Puedes hacerlo por escrito (correo electrónico o postal), indicando los daños sufridos y solicitando una indemnización.
- Reclamación a través de la Administración de Consumo: Si no obtienes respuesta o la solución no es satisfactoria, puedes presentar una reclamación ante la Oficina de Información al Consumidor o la Dirección General de Consumo de tu comunidad autónoma.
- Sistema Arbitral de Consumo: Si la empresa está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, puedes solicitar un arbitraje para resolver el conflicto de manera rápida y gratuita.
Documentación necesaria
Para respaldar tu reclamación, es importante reunir la siguiente documentación:
- Identificación: DNI o NIE del titular del contrato.
- Datos del suministro: Número de contrato y dirección del domicilio afectado.
- Descripción de los daños: Relato detallado de los daños sufridos.
- Pruebas: Facturas, tiques de compra, fotografías de los daños y, en su caso, informes periciales.
- Cuenta bancaria: Número de cuenta para la posible indemnización.
Si has sido afectado/a por el apagón, te ayudamos
Si has sido afectado por el apagón, te invitamos a completar este formulario para que podamos ponernos en contacto contigo. De este modo, podremos informarte en caso de que se abran posibilidades para presentar una reclamación colectiva o si existen otros medios adecuados para hacer frente a la situación. Tu información nos ayudará a mantenerte al tanto de las acciones que se puedan llevar a cabo.
Confía en el primero.
En Montero de Cisneros Abogados, contamos con amplia experiencia en la defensa de los derechos de consumidores y empresas.
❓ Preguntas Frecuentes (FAQs) sobre el Apagón Eléctrico del 28 de Abril de 2025
1. ¿Qué ocurrió el 28 de abril de 2025?
El 28 de abril, España sufrió un apagón eléctrico masivo que afectó a millones de hogares y empresas. Aunque no se ha identificado la causa exacta, se sabe que la interrupción del suministro fue significativa y afectó tanto a consumidores como a negocios en toda la península ibérica.
2. ¿Qué tipo de daños puedo reclamar por el apagón eléctrico?
Puedes reclamar daños en los siguientes casos:
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Daños en electrodomésticos y equipos electrónicos: Si el apagón causó fallos o averías en tus dispositivos.
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Pérdida de alimentos: Si la interrupción de la cadena de frío provocó la pérdida de alimentos perecederos.
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Lucro cesante: Si eres autónomo o una pyme y la interrupción de tu actividad afectó tus ingresos.
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Daños informáticos: Pérdida de datos o daños a equipos informáticos causados por la caída del suministro eléctrico.
3. ¿A quién debo reclamar los daños?
Puedes reclamar los daños a la compañía eléctrica que te proporciona el servicio. Si no obtienes respuesta o no estás satisfecho con la indemnización ofrecida, puedes acudir a las autoridades competentes en consumo o al Sistema Arbitral de Consumo.
4. ¿Cuánto tiempo tengo para presentar una reclamación por los daños del apagón?
El plazo para presentar una reclamación varía según el tipo de daño y la entidad a la que reclames. En general, se recomienda presentar la reclamación lo antes posible, preferiblemente dentro de los 2 meses siguientes a la fecha del apagón. Sin embargo, si la causa del apagón no se determina rápidamente, puedes hacer la reclamación en cuanto tengas toda la documentación necesaria.
5. ¿Qué documentos necesito para reclamar?
Para presentar una reclamación, te recomendamos tener los siguientes documentos:
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Identificación (DNI o NIE).
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Datos de tu suministro eléctrico (número de contrato y dirección).
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Pruebas de los daños (facturas de reparación, tiques de compra, fotografías de los daños).
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Informe de pérdidas (en caso de pérdida de alimentos o lucro cesante).
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Datos bancarios (para recibir la posible indemnización).
6. ¿Puedo reclamar aunque no tenga seguro?
Sí, puedes reclamar directamente a la compañía eléctrica por los daños causados. Si tienes un seguro de hogar o de negocio, también puedes revisar las condiciones de tu póliza para ver si cubre daños derivados de un apagón eléctrico, lo cual puede facilitar la reclamación.
7. ¿Qué sucede si no recibo respuesta o la compensación es insuficiente?
Si no obtienes respuesta o no estás conforme con la indemnización ofrecida, puedes acudir a las autoridades competentes en consumo de tu comunidad autónoma o presentar tu reclamación a través del Sistema Arbitral de Consumo para una resolución rápida y gratuita del conflicto.
8. ¿Montero de Cisneros Abogados puede ayudarme con la reclamación?
Sí. En Montero de Cisneros Abogados tenemos experiencia en la defensa de los derechos de consumidores y empresas. Podemos ayudarte a presentar la reclamación, recopilar la documentación necesaria y representarte en el proceso de indemnización.