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El TJUE da la razón a los afectados por el IRPH permitiendo a los jueces españoles anular una hipoteca ligada a dicho índice si consideran que es abusiva

La sentencia obliga a analizar todos los casos uno a uno y serán los jueces españoles los que tendrán que decidir si la aplicación del índice IRPH en cientos de miles de hipotecas fue transparente o abusiva.

El Tribunal de Justicia europeo ha sentenciado este martes que uno de los índices utilizados para fijar el tipo de interés de los préstamos hipotecarios es susceptible de ser considerado abusivo y, por tanto, sometido a anulación por parte de los jueces nacionales.

La sentencia abre así la puerta a millares de potenciales demandas contra un índice utilizado por ocho entidades financieras en unos préstamos hipotecarios con un valor total de más de 16.000 millones de euros.

El veredicto, sin embargo, arroja serias dudas sobre las posibilidades de éxito de dichas reclamaciones ya que considera que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) cumplía varios de los requisitos necesarios para que un consumidor medio pudiera calibrar el impacto de utilizar ese índice.

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