Si eres jubilado y cotizaste a las antiguas mutualidades, puedes reclamar la devolución del IRPF a Hacienda
El pasado mes de febrero, el Tribunal Supremo reconoció mediante una sentencia el derecho de muchos pensionistas a recuperar parte del dinero que declararon entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. En concreto, la sentencia 707/2023 dicta que quienes cotizaron en las antiguas mutuas laborales (que proliferaron en España antes de la creación de la Seguridad Social) hasta 1978 pueden reclamar a la Agencia Tributaria parte de aquel dinero cotizado.
Mediante esta sentencia ciertos mutualistas jubilados pueden reclamar lo pagado de más en su IRPF, con la posibilidad de recuperar hasta 3.000 euros.
Reclamación del IRPF en Pensiones
La sentencia 707/2023 ha marcado un antes y un después en la tributación de las pensiones de mutualistas jubilados, específicamente para aquellos que cotizaron a la Mutualidad Laboral de Banca entre 1967 y 1978. Este fallo establece que las cotizaciones a mutuas laborales, que previamente no eran deducibles, ahora reconocen una reducción del 100% hasta 1966 y del 25% entre 1967 y 1978, rectificando la doble imposición que venían enfrentando.
Reclamación del IRPF en Jurisprudencia y Alcance
El alcance de esta sentencia es potencialmente amplio, pudiendo beneficiar a todos los pensionistas que contribuyeron a una Mutualidad Laboral antes de 1978, no limitándose solo a la Mutualidad Laboral de Banca.
¿Qué cantidad deben devolverme?
La sentencia en cuestión establece que los pensionistas tienen derecho a disfrutar de una reducción fiscal del 100 % por lo cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966 y de un 25 % por lo cotizado entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Dado que cada trabajador cotizó una cantidad diferente y que únicamente se puede solicitar la devolución de los pagos en los últimos cuatro ejercicios tributarios, las cantidades que cada pensionista podrá solicitar varían.
¿Cómo reclamar el IRPF? Procedimiento para la Reclamación
Para solicitar la rectificación en las declaraciones anteriores se necesita el informe de vida laboral donde se demuestre los años trabajados y podrán solicitarlo quien haya trabajado entre el 67 y el 78 en metalurgia, banca o construcción.
Los mutualistas tienen la posibilidad de reclamar los pagos indebidos de los últimos cuatro años, siguiendo la misma ventana temporal que la Agencia Tributaria utiliza para la reclamación de deudas tributarias.
Conclusión
Este veredicto del Tribunal Supremo no solo representa una victoria legal para los mutualistas afectados, sino que también destaca la importancia de revisar las obligaciones tributarias y abre la puerta a futuras reclamaciones. Es un recordatorio de que las leyes fiscales están sujetas a interpretación y, en ocasiones, a corrección judicial, beneficiando a aquellos que estuvieron en desventaja durante años.
Para aquellos que califiquen, es esencial actuar rápidamente para asegurar la devolución correspondiente y corregir las discrepancias fiscales del pasado.