El Tribunal de la Justicia de la Unión Europea da la razón a los afectados por el ‘dieselgate’ otorgándoles derecho a indemnización.
La reciente sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 21 de marzo de 2023 ha dictaminado que el comprador de un vehículo equipado con un dispositivo de desactivación de emisiones contaminantes goza de derecho a ser indemnizado por el fabricante de automóviles.
Este dispositivo es un programa informático que reduce la recirculación de los gases contaminantes de determinados vehículo en función de la temperatura exterior. Se estima que en Europa se han vendido 11 millones de vehículos entre 2009 y 2015.
La consecuencia de la instalación de estos dispositivos ilícitos en los motores Diesel en determinados modelos de las marcas Audi, Seat, Skoda, Porsche, Mercedes-Benz y Volkswagen, es que pudiesen llegar a emitir hasta 40 veces mas de lo legalmente aceptado de partículas de óxidos de nitrógeno.
Según esta Sentencia, el comprador del vehículo afectado que haya sufrido reparaciones inesperadas por motivos de emisiones, paradas en la vía e incluso en casos más extremos, retiradas de circulación por daños irreparables en el vehículo o también las personas afectadas que no hayan podido entrar a las ciudades o conseguir las pegatinas que dan los Ayuntamientos para circular, hayan recibido multas de tráfico por el mismo motivo, e incluso no haber podido pasar las inspecciones técnicos mecánicas (I.T.V) tiene derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios en función del precio del vehículo y las adversidades que le haya provocado la implantación de este dispositivo a cada individuo en concreto.
Si eres uno de los afectados y quiere que le revisemos su caso, realizaremos un informe pericial de un perito automovilístico y para ello, han de traernos:
- Contrato de compraventa.
- Factura de reparaciones.
- Documentación del vehículo (incluido ITV).
- Multas por emisiones de NOX.
- Comunicaciones con el Ayuntamiento o DGT por el mismo motivo.
¿Cómo identificar si mi vehículo es uno de los afectados?
En el caso del Grupo Volkswagen, afecta a varios tipos de motores, los TDI de 1.2, 1.6, 2.0 y 3.0 litros de decenas de modelos de las marcas Volkswagen, Audi, Seat, Porsche y Skoda entre los que se encuentran:
VOLKSWAGEN | AUDI | SKODA | SEAT | MERCEDES-BENZ |
Golf (modelos de 2009 a 2015) | A1 (modelos de 2010 a 2015) | Octavia (modelos de 2009 a 2013) | Ibiza (modelos de 2009 a 2015) | Clase A (modelos 2016 a 2018) |
Beetle (modelos de 2009 a 2015) | A3 (modelos de 2009 a 2015) | Superb (modelos de 2009 a 2015) | León (modelos de 2012 a 2015) | Clase B (modelos 2016 a 2018) |
Jetta (modelos de 2009 a 2015) | A4 (modelos de 2009 a 2015) | Yeti (modelos de 2009 a 2015) | Altea (modelos de 2009 a 2015) | Clase C (modelos 2016 a 2018) |
Touareg (modelos de 2014 a 2016) | A5 (modelos de 2012 a 2015) | Toledo (modelos de 2012 a 2015) | Clase E (modelos 2016 a 2018) | |
Polo (modelos de 2009 a 2014) | A6 (modelos de 2012 a 2015) | Clase S (modelos 2016 a 2018) | ||
Amarok (modelos de 2011 a 2016) | Q5 (modelos de 2014 a 2016) | GLC, GLE, GLS (modelos 2016 a 2018) | ||
TT (modelos de 2009 a 2014) | Vito (modelos 2016 a 2018) | |||
Q3 (modelos de 2011 a 2015) | Sprinter (modelos 2016 a 2018) |
¿CUÁNTO PUEDO RECLAMAR DE INDEMNIZACIÓN?
Si te has visto afectado por el Cártel puedes reclamar el sobrecoste que pagaste más los intereses. El importe de la indemnización puede ser entre un 10% y un 15% del precio de compra.
Si por ejemplo pagaste 30.000.-€ por tu coche, nosotros podríamos reclamar una indemnización de hasta 3.500.-€ más intereses.