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¿Quién paga/asume los gastos de la hipoteca? [Actualizado SEPT 2022]

Los gastos de hipoteca o gastos hipotecarios son aquellos gastos/costas que se generan durante el proceso de solicitud y de contratación de un préstamo hipotecario.

Antes de firmar el contrato, las entidades de crédito / entidades bancarias están obligadas a darte la información necesaria, para poder decidir qué hacer. El artículo 14 de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario obliga a las entidades prestamistas al uso de la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN) y la Ficha de Advertencias Estandarizadas (FIAE) como garantías de transparencia. Además, debes conocer los tipos de interés y su posible evolución, y en qué consisten algunas cláusulas abusivas.

Pero, ¿cuáles son los gastos que conlleva la constitución de una hipoteca / prestamo hipotecario? A continuación los explicamos:

Tasación y nota simple.

La tasación debe ser realizada por una asociación homologada y supervisada por el Banco de España. Estos gastos incluyen una parte fija y otra que varía dependiendo del tipo de inmueble y otros factores.

Esa tasación cuesta unos 300 euros de media y se paga en el momento de encargarla.

También tendrás que presentar la nota simple del inmueble a la entidad. En él aparecen las características de la vivienda: propietario, superficie, cargas pendientes… Lo tendrás que solicitar al Registro de la Propiedad y el trámite te costará algo más de 10 euros.

Gastos de notaría

Es obligatorio que toda hipoteca se formalice en documento público. Los aranceles notariales están fijados por ley. La cifra final varía según la cuantía de la operación, el número de folios de la escritura y la copia expedida.

Registro

La hipoteca, igual que la vivienda, tiene que inscribirse en el Registro de la Propiedad, un trámite que supone el pago de unas tasas, estipuladas por ley y que varían en función de las características de la hipoteca.

Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Es un impuesto que grava los actos jurídicos que se documenten, entre ellos los documentos notariales. La cantidad depende del importe de la hipoteca y de la comunidad autónoma, y oscila entre el 0,5% y el 1,5% de la responsabilidad hipotecaria (el capital más los intereses y los gastos).

Gestoría

La entidad bancaria encargará a una gestoría que realice la tramitación de la inscripción de la escritura ante el Registro de la Propiedad y la liquidación de los correspondientes impuestos.

Comisión de apertura

Se trata de la comisión que cobra el banco al cliente por la concesión de la hipoteca, que oscila entre el 0,5% y el 2% del capital prestado, aunque en algunos casos a entidad puede eliminar esta comisión.

Diversas sentencias judiciales declararon como abusivas algunas cláusulas recogidas en los contratos por las que se atribuían a las personas consumidoras el pago de determinados gastos. La Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario establece con claridad quien deben hacer frente a dichos gastos: la persona consumidora deberá asumir los gastos de tasación del inmueble y el prestamista, esto es la entidad financiera, los gastos de gestoría. También corresponden al prestamista los gastos notariales (las posibles copias serán por cuenta del prestatario), los gastos de registro de la escritura hipotecaria y el impuesto de actos jurídicos documentados.

Sin embargo, la sentencia número 35/2021 de la Sala de lo civil del Tribunal supremo señala, que el abono del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados corresponde a la persona que solicita el préstamo, los gastos de notaría deberán repartirse entre prestamista (banco) y prestatario (persona consumidora) y el banco deberá hacerse cargo de los gastos de registro de la propiedad, gestoría y tasación en exclusiva para préstamos hipotecarios a los que no les sea de aplicación la ley 5/2019, de 15 de marzo.

A continuación compartimos contigo una infografía de Lefebvre qué explica con detalle los gastos hipotecarios:

¿Quieres obtener más información sobre cómo reclamar los gastos hipotecarios? Cóntactanos en el teléfono 94 679 23 23 o escríbenos a info@monterodecisneros.com

Fuente: Lefebvre, Kontsumobide y B.Santander.